El Consejo de Estado analizará la ampliación de plazo del Real Club Náutico de Palma
Aceptada la solicitud de revisión
El Consejo de Estado analizará si el Real Club Náutico de Palma (RCNP) tiene derecho a ampliar su concesión después de que el ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, haya aceptado cursar la solicitud realizada por la entidad mallorquina para que el máximo órgano consultivo español en materia jurídica se pronuncie sobre si los extintos contratos de servicios son equiparables a las concesiones demaniales y permiten, por tanto, la ampliación del plazo de ocupación del dominio público portuario.
La decisión de la ministra de elevar la consulta al Consejo de Estado nace de la controversia surgida a raíz de un informe de la Abogacía del Estado conocido el mes de marzo de 2021, según el cual el contrato de servicios del RCNP no es prorrogable. Esta tesis choca frontalmente con el criterio de los servicios jurídicos del Puertos del Estado, que consideran que dichos contratos se transformaron necesariamente en concesiones tras la reforma de la Ley de Puertos del Estado del año 2003.
El informe de la Abogacía del Estado supuso en su día la paralización del expediente de ampliación de plazo de concesión presentado por el Real Club Náutico de Palma, dado que la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) tenía sobre la mesa dos informes contradictorios. El dictamen del Consejo de Estado será, en consecuencia, el que defina el criterio a seguir y, en caso favorable, garantice la continuidad del RCNP en sus actuales instalaciones más allá del fin de su vigente contrato, que expira en diciembre de 2022.
Emerico Fuster, presidente del RCNP, se ha mostrado “satisfecho” por la elevación del caso al Consejo de Estado, un trámite que ha tenido que pasar por el filtro de la APB, Puertos del Estado y la Secretaria General Técnica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
El Consejo de Estado podría pronunciarse en un plazo de entre dos y tres meses. Con anterioridad a este dictamen está previsto que se conozca el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) sobre un asunto similar al del RCNP que afecta a un puerto deportivo de Formentera.
En este caso, la APB no aceptó la propuesta de ampliación de un concesionario alegando que su título habilitante era un contrato de servicios. Sin embargo, durante la fase de prueba de este proceso, el funcionario encargado del departamento de explotación manifestó que no era capaz de distinguir el trato que la administración debe dispensar a un concesionario o al poseedor de un contrato de servicios ya que a los efectos prácticos son “lo mismo”.
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